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La CNMC evalúa el plan para eliminar los gases fluorados de efecto invernadero en 2050

Cambio Climático, Emisiones

  • La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha analizado el Proyecto de Real Decreto que regula los gases fluorados de efecto invernadero y sus alternativas.
  • La nueva regulación se enmarca en los objetivos de la Unión Europea para la mitigación del cambio climático y la protección de la capa de ozono.
  • Se han planteado recomendaciones para adaptar la normativa y garantizar una mayor procompetitividad en el sector.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha analizado recientemente el Proyecto de Real Decreto (PRD) que busca regular la comercialización y el uso de los gases fluorados de efecto invernadero (GFEI), los refrigerantes naturales y los equipos que los contienen. También se ha abordado la formación de los profesionales que manipulan estas sustancias. Este proyecto adapta la normativa previa de 2017 a los nuevos reglamentos europeos (IPN/CNMC/002/26).

Los GFEI son sustancias que contribuyen significativamente al calentamiento de la atmósfera y a la destrucción del ozono atmosférico. El texto, remitido por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, tiene como meta reducir de forma gradual la importación y producción de estos gases en el mercado europeo, con el objetivo final de eliminarlos completamente para el año 2050. La regulación prevista no solo se aplicará a los gases fluorados, sino también a sus alternativas, como los refrigerantes naturales e hidrocarburos. La futura normativa propone la obligatoriedad de certificados y acreditaciones formativas para la manipulación y comercialización de estos gases y equipos.

Valoración de la CNMC

Desde la CNMC, se ha valorado que el texto propuesto se ha adaptado a la nueva normativa europea. Esto incluye tanto las restricciones relativas a la distribución, la puesta en el mercado y la manipulación de los gases, como la apuesta por un sistema de certificados y acreditaciones obligatorios para llevar a cabo estas actividades.

Recomendaciones de la CNMC

La CNMC ha sugerido una reformulación de ciertos aspectos con el fin de conseguir una normativa más procompetitiva:

  • Acreditación de competencias: El proyecto actual contempla la exención del examen teórico y práctico o del curso de formación para aquellos profesionales que acrediten competencias previas, pero lo configura como una vía excepcional. La CNMC ha recomendado que esta excepción se establezca como una vía paralela y ordinaria. Además, se ha aconsejado evaluar la convalidación de competencias entre certificados relacionados, siempre que sea posible, para fomentar una estructura más integrada para los profesionales.
  • Desarrollo reglamentario del listado de titulaciones y cualificaciones habilitantes: Se ha previsto la elaboración reglamentaria de un listado de titulaciones y cualificaciones profesionales que habiliten para el desempeño de estas tareas. La CNMC ha instado a que, en dicho desarrollo normativo, se aplique el Real Decreto 472/2021 en lo referente a la superación de un test de proporcionalidad antes de adoptar nuevas regulaciones de profesiones. El propósito de esta medida es asegurar que las restricciones a la actividad económica sean estrictamente necesarias y se ajusten a los principios de buena regulación.

La CNMC tiene la facultad de actuar de manera consultiva, pudiendo ser consultada por las Cámaras Legislativas, el Gobierno, los departamentos ministeriales, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones locales, los Colegios Profesionales, las Cámaras de Comercio y las Organizaciones Empresariales y de Consumidores y Usuarios, conforme a lo establecido en el artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, o de oficio (de acuerdo con el artículo 5.1.h).

Fuente: CNMC

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