Cátedra bp de Medio Ambiente Industrial
  • Inicio
  • Sobre nosotros
  • Investigación
  • Formación y divulgación
  • Actualidad
  • Contacto
  • Menú Menú

La Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular avanza en su tramitación parlamentaria

Ecodiseño y economía circular, Gestión de residuos, Sostenibilidad

  • El texto aprobado es una de las principales piezas legislativas para impulsar la economía circular y baja en carbono en España.

El Congreso de los Diputados aprobó a finales de diciembre el Dictamen de la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico sobre el Proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, momento tras el cual el texto fue remitido al Senado, donde entrará en la recta final de su tramitación parlamentaria.

Este Proyecto de Ley tiene como objetivo impulsar una economía circular y baja en carbono en España, revisando la actual normativa de residuos y suelos contaminados para cumplir con los nuevos objetivos establecidos en las directivas comunitarias de residuos, así como con los derivados de la directiva de plásticos de un solo uso. Todo ello en línea de la Estrategia Española de Economía Circular (España Circular 2030).

El texto aprobado es una de las principales piezas legislativas para impulsar la economía circular en España y ha sido incluido como una de las reformas estructurales del Plan para la Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Con la finalidad de romper el vínculo entre el crecimiento económico y los impactos sobre la salud humana y el medio ambiente asociados a la generación de residuos, la norma da un papel protagonista a las medidas de prevención en la política de residuos, mediante la inclusión de objetivos concretos y cuantificables: reducción del peso de los residuos producidos de un 13% en 2025 y de un 15% en 2025 respecto a los generados en 2010.

En línea con los objetivos de desarrollo sostenible

También se contemplan actuaciones contra el desperdicio de alimentos en línea con los objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas para 2030. En este ámbito se prohíbe la destrucción de excedentes no vendidos de productos no perecederos, tales como textiles, juguetes y aparatos eléctricos, entre otros, que deberán destinarse preferentemente a reutilización y reciclado.

Además, para reducir el consumo de envases, en los establecimientos del sector de la hostelería y restauración se tendrá que ofrecer siempre a los clientes la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita y también las administraciones públicas deberán adoptar medidas necesarias para reducir el consumo de agua embotellada en sus dependencias y en otros espacios públicos, sin perjuicio de que en los centros sanitarios se permita la comercialización en envases de un solo uso.

Entre las principales novedades, en el ámbito de la gestión de los residuos, cabe destacar el establecimiento de un calendario de implantación de nuevas recogidas separadas de residuos para su valorización, además de la ya existente para el papel, los metales, el plástico y el vidrio.

Se amplía así la recogida separada a los biorresiduos domésticos, a partir de julio de 2022 para entidades locales con más de 5.000 habitantes, y a partir de 2024 para el resto de municipios; y a los residuos textiles, aceites de cocina usados, residuos domésticos peligrosos y residuos voluminosos a partir de 2025. Los residuos de construcción y demolición deberán clasificarse por materiales, preferentemente en el origen a partir de 2022, y la demolición deberá ser selectiva a partir de 2024.

Asimismo, fija objetivos más ambiciosos de preparación para la reutilización y reciclado de residuos municipales: un incremento del 5% cada cinco años hasta alcanzar el 65% en 2035, estableciendo porcentajes específicos de preparación para la reutilización, dentro de cada uno de esos objetivos, siendo del 15% en 2035.

Limitaciones al uso de plásticos

En el ámbito de los plásticos, se han introducido limitaciones a estos productos, con medidas que van desde objetivos de reducción, requisitos de diseño o de marcado, hasta la restricción de la introducción en el mercado de algunos de ellos y el establecimiento de un impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables para avanzar en la prevención de sus residuos.

Por otro lado, queda prohibida la introducción en el mercado de productos de plástico como pajitas, bastoncillos, cubiertos, platos, cualquier producto hecho con plástico oxodegradable, así como las microesferas de plástico de menos de 5 mm.

Entre los productos de plástico de un solo uso sujetos a reducción están los vasos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones, y los recipientes alimentarios destinados al consumo inmediato, cuya comercialización ha de reducirse un 50% en 2026 y un 70% para 2030, respecto a 2022 en ambos casos. Para cumplir con estos objetivos, se habrá de fomentar el uso de alternativas reutilizables o de otro material no plástico. Desde el 1 de enero de 2023 queda prohibida su distribución gratuita y deberá cobrarse un precio por cada uno de los productos de plástico que se entreguen al consumidor.

Medidas fiscales para incentivar la economía circular

Por primera vez, con carácter estatal, se hace uso de medidas fiscales en el ámbito de los residuos para incentivar la economía circular. Por un lado, se incluye un impuesto sobre envases de plástico no reutilizables. Por otro lado, y en coherencia con el refuerzo de la jerarquía de residuos, se incluye un impuesto a la incineración, coincineración y al depósito de residuos en vertedero, así como la obligación para las entidades locales en el plazo de 3 años de desarrollar una tasa o prestación patrimonial de carácter pública no tributaria, específica, diferenciada y no deficitaria asociada a los servicios de gestión de residuos que prestan.

En cuanto a la responsabilidad ampliada del productor del residuo, la propuesta normativa revisa la regulación marco en coherencia con la normativa comunitaria, explicitando las obligaciones que se pueden imponer mediante Real Decreto a los productores, entre las que se encontraría el sistema de depósito, devolución y retorno, y define las partidas de gestión de residuos que deben financiar los productores y los mecanismos de control para los sistemas individuales y colectivos que se creen.

Este nuevo régimen obligará a revisar toda la normativa donde ya se aplica este instrumento antes de 2023 y prevé su aplicación en textiles, muebles y enseres y plásticos agrarios tres años después de la entrada en vigor de la Ley. También se prevé la regulación de regímenes de responsabilidad ampliada en 2025 para productos como las toallitas, los globos, los productos del tabaco y sus filtros o las artes de pesca.

Regulación de suelos contaminados

El proyecto de ley contiene también la regulación de los suelos contaminados, manteniéndose el anterior régimen jurídico en cuanto a las actividades potencialmente contaminantes, al procedimiento de declaración, a los inventarios de suelos contaminados y a la determinación de los sujetos responsables de la descontaminación y recuperación de los suelos. Como novedad, se ha incluido la creación del Inventario Nacional de descontaminaciones voluntarias de suelos contaminados, que será alimentado por los registros autonómicos.

Por último, el texto revisa el régimen sancionador incluyendo nuevas infracciones. Así, será considerado infracción el abandono, incluido el de la basura dispersa o littering, el vertido y la gestión incontrolada de residuos peligrosos y también de cualquier otro tipo de residuos.

Novedades de las enmiendas

Con las enmiendas incorporadas se han abordado aspectos como la inclusión, por primera vez, tanto a nivel europeo como nacional, del concepto de economía circular en un texto jurídico; la consideración de ciertas particularidades en las tasas municipales de residuos como la participación en compostaje doméstico o comunitario o las situaciones de familias y personas en riesgo de exclusión social; la posibilidad para los ayuntamientos de establecer limitaciones sobre fumar en las playas o liberar voluntariamente y de forma masiva globos; o la obligación de proporcionar información sobre la reparabilidad de los productos eléctricos y electrónicos.

Además, se refuerza el título de los suelos contaminados en relación con los procesos de transmisión patrimonial y las obligaciones de descontaminación; se contempla la particular situación de la recogida de medicamentos junto con sus envases y se prevé el desarrollo de medidas para controlar la correcta gestión de los buques al final de su vida útil.

Avance en la gestión de residuos

Se ha avanzado también en el ámbito de la gestión de residuos incluyendo un objetivo de recogida separada para los residuos municipales, de forma que en 2035 el 50% de los residuos municipales generados se habrán de recoger separadamente. Y al objeto de que se considere como recogida separada la fracción de biorresiduos deberá contener como máximo un porcentaje de impropios de 20% en 2022 y 15% en 2027, avanzando hacia modelos más eficientes como el puerta a puerta o la recogida en contenedores cerrados o inteligentes.

Así, se aborda también el sistema de depósito, devolución y retorno, vinculando su establecimiento obligatorio en todo el territorio del estado al incumplimiento de unos objetivos intermedios de recogida separada de botellas de plástico de bebidas fijados para 2023 y 2027, del 70 y 85% respectivamente, pudiendo extender este sistema no solo a las botellas sino también a otros envases.

Por último, se han contemplado explícitamente las finalidades ambientales de las dos figuras tributarias: la prevención de la generación de residuos de envases de un solo uso y el fomento de las primeras opciones de la jerarquía, esto es, prevención, preparación para la reutilización y el reciclado. Teniendo en cuenta la situación de crisis económica y sanitaria ocasionada por la Covid-19 se ha retrasado la entrada en vigor de los dos impuestos al 1 de enero de 2023 y se han excluido del impuesto del plástico los contenedores de residuos peligrosos de origen sanitario, a la vez se ha contemplado el reciclado químico de cara a dicho impuesto.

Fuente: Ministerio para la Transición Ecológica

10 enero, 2022/por Cátedra BP
Compartir esta entrada
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en Twitter
  • Share on WhatsApp
  • Compartir en LinkedIn
  • Compartir por correo

Categorías

  • Biocombustibles
  • Cambio Climático
  • Cátedra BP
  • Ecodiseño y economía circular
  • Eficiencia energética
  • Emisiones
  • Energía
  • Gestión de residuos
  • Otros
  • Refino
  • Salud e higiene laboral
  • Sostenibilidad

Últimas noticias

  • Así fue 2022, un año de extremos climáticos y concentraciones crecientes de gases de efecto invernadero6 febrero, 2023 - 12:48 pm
  • Criterios de la CNMC para el cómputo de plazos y caducidad de los permisos de acceso y conexión previstos en el RD-Ley 23/20206 febrero, 2023 - 12:13 pm
  • Ecovidrio y Stanpa presentan la Guía del ecodiseño para el sector de la perfumería y cosmética6 febrero, 2023 - 11:31 am
  • El ser humano construye el equivalente a una ciudad de Nueva York cada mes6 febrero, 2023 - 10:35 am
  • Lentitud en los avances hacia un mercado interior de la electricidad en la UE6 febrero, 2023 - 10:27 am

cátedra bp logo

Universitat Jaume I . Edificio ITC

Av. Vicent Sos Baynat, s/n
12071 Castellón de la Plana, España
catedrabpmedioambiente@uji.es

  • Contacto
  • Próximos cursos
  • Política de privacidad
© Cátedra BP de Medio Ambiente Industrial
  • Twitter
  • LinkedIn
  • Rss
Una nueva oficina para asesorar e informar sobre ahorro energético y autoconsumo... Primera red europea para facilitar el seguimiento de los certificados de gas...
Desplazarse hacia arriba

Esta página utiliza cookies. Si continúas navegando entendemos que das tu consentimiento

EntendidoSaber más

Cookie and Privacy Settings



How we use cookies

We may request cookies to be set on your device. We use cookies to let us know when you visit our websites, how you interact with us, to enrich your user experience, and to customize your relationship with our website.

Click on the different category headings to find out more. You can also change some of your preferences. Note that blocking some types of cookies may impact your experience on our websites and the services we are able to offer.

Essential Website Cookies

These cookies are strictly necessary to provide you with services available through our website and to use some of its features.

Because these cookies are strictly necessary to deliver the website, refuseing them will have impact how our site functions. You always can block or delete cookies by changing your browser settings and force blocking all cookies on this website. But this will always prompt you to accept/refuse cookies when revisiting our site.

We fully respect if you want to refuse cookies but to avoid asking you again and again kindly allow us to store a cookie for that. You are free to opt out any time or opt in for other cookies to get a better experience. If you refuse cookies we will remove all set cookies in our domain.

We provide you with a list of stored cookies on your computer in our domain so you can check what we stored. Due to security reasons we are not able to show or modify cookies from other domains. You can check these in your browser security settings.

Google Analytics Cookies

These cookies collect information that is used either in aggregate form to help us understand how our website is being used or how effective our marketing campaigns are, or to help us customize our website and application for you in order to enhance your experience.

If you do not want that we track your visit to our site you can disable tracking in your browser here:

Other external services

We also use different external services like Google Webfonts, Google Maps, and external Video providers. Since these providers may collect personal data like your IP address we allow you to block them here. Please be aware that this might heavily reduce the functionality and appearance of our site. Changes will take effect once you reload the page.

Google Webfont Settings:

Google Map Settings:

Google reCaptcha Settings:

Vimeo and Youtube video embeds:

Other cookies

The following cookies are also needed - You can choose if you want to allow them:

Privacy Policy

You can read about our cookies and privacy settings in detail on our Privacy Policy Page.

Política de privacidad
Accept settingsHide notification only